Cómo generar el Libro Electrónico de Remuneraciones en el sitio de la DT

El Libro de Remuneraciones Electrónico (LRE) es la herramienta oficial de la Dirección del Trabajo que reemplaza al libro de remuneraciones en papel y permite a empleadores informar mensualmente, de modo estandarizado, las remuneraciones pagadas a sus trabajadores. Para generar el LRE en línea debes autenticarte con Clave Única en Mi DT, seleccionar el trámite LRE, elegir el período deseado, revisar o ajustar la planilla propuesta por el SII e ingresarla vía formulario o carga masiva siguiendo el formato establecido. El sistema validará internamente tus datos, te permitirá rectificar errores antes de finalizar y, una vez aprobada la declaración, emitirá certificados de incorporación y comprobantes de cumplimiento que podrás descargar. A lo largo de este artículo cubriremos requisitos legales y técnicos, modos de acceso, detalle de cada paso, rectificaciones, plazos, gestión de errores y buenas prácticas, con abundantes enlaces oficiales y citas de la DT.

Base normativa

El LRE se implementa en virtud del artículo 62 del Código del Trabajo, que obliga a llevar libro de remuneraciones a empleadores con cinco o más trabajadores.

Obligatoriedad y ámbito de aplicación

Desde el diez de enero de 2021 el LRE es la forma obligatoria para dichos empleadores, mientras que empleadores con menos de cinco trabajadores pueden optar voluntariamente.

Declaración Jurada SII

El SII elabora la Declaración Jurada N° 1887 a partir de la información que ingresas en Mi DT; tú debes aprobar o rechazar esta propuesta y, de ser necesario, plantear observaciones al SII antes de finalizar.

Clave Única

Para ingresar al LRE necesitas tu RUT y Clave Única, que puedes obtener en claveunica.gob.cl o en oficinas del Registro Civil.

Portal Mi DT

Visita midt.dirtrab.cl, haz clic en “Iniciar sesión Clave Única” e ingresa tus credenciales.

Selección de perfil

Dentro de Mi DT elige el perfil “Empleador” o “Empleador Persona Jurídica/Individual” para acceder al Registro Electrónico Laboral y al LRE.
Generación inicial del Libro Electrónico

Elección de modalidad

Carga masiva con plantilla

Descarga el archivo modelo CSV desde la sección LRE (botón “Descargar archivo para carga masiva”) y completa cada columna según el instructivo: RUT, nombres, fecha de inicio, remuneraciones imponibles y no imponibles, descuentos, aportes y totales .

Formulario en pantalla

Alternativamente, ingresa trabajador por trabajador en la modalidad formulario, útil para empresas con pocos empleados o para ajustes puntuales .

Validaciones técnicas del archivo

Estructura y columnas obligatorias

El CSV debe mantener los encabezados estándar sin alteraciones: no se pueden eliminar ni agregar columnas; cada columna debe coincidir con el formato y tipo de dato definido .

Formato de fechas y valores

Las fechas (inicio y término de contrato) deben seguir el patrón AAAA-MM-DD y los montos numéricos sin separadores de miles; los valores decimales usan punto como separador .
Proceso de declaración

Revisión y aprobación de propuesta SII

Una vez que el SII envía la propuesta DJ 1887, revisa la información mostrada en pantalla: puedes aprobarla, rechazarla o presentar observaciones directamente al SII, asegurando la coherencia con tus registros internos.

Envío y estado del trámite

Estados posibles

– **Borrador**: aún no enviado. – **Declarado**: superó validaciones internas. – **Rectificado**: se corrigió tras observaciones. – **Error**: falló alguna validación, debes corregir .

Notificaciones por correo

Cada interacción genera un correo: recordatorios, errores de validación o estado finalizado; revisa tu bandeja y carpeta de spam .

Finalizar registro

Haz clic en “Finalizar registro” para concluir cada mes; el sistema te confirmará el cierre y enviará el certificado de cumplimiento al correo.
Rectificaciones y plazos

Plazo para rectificar

Tienes hasta el día 16 del mes posterior para corregir la declaración mensual; pasado ese plazo, la DJ 1887 se envía al SII y ya no se puede rectificar .

Cómo rectificar errores

1. Entra al LRE, selecciona el mes en estado “Declarado” o “Error”. 2. Haz clic en “Rectificar” y corrige los datos en pantalla o sube un nuevo CSV. 3. Finaliza la rectificación con “Declarar” y “Finalizar registro” .

Certificado de incorporación

Tras tu primera declaración, el sistema habilita el botón “Certificado de incorporación”; solicítalo y descárgalo en PDF en hasta setenta y dos horas.

Comprobante de cumplimiento

Una vez aprobada la declaración, descarga el “Comprobante de cumplimiento de declaración”, que detalla el número de trabajadores y totales de remuneraciones.

Sincronización con software contable

Aunque no existe un API público, algunos proveedores autorizados integran directamente vía mecanismos internos de la DT; consulta a tu software si soporta LRE remoto .

Vinculación con sistemas tributarios

Al finalizar, el SII usa la información para elaborar la DJ 1887; cualquier inconsistencia puede generar objeciones tributarias, por lo que la coordinación con tu contador es esencial.

Verificación mensual

Descarga y archiva los certificados y comprobantes cada mes, usando nomenclatura clara (`LRE_YYYY_MM.pdf`).

Capacitación interna

Forma a tu equipo de RR. HH. y finanzas en el uso del LRE, mostrando la correcta elaboración de CSV y evaluación de errores comunes.

Seguridad de datos

Guarda los CSV y PDFs en repositorios seguros con permisos restringidos y respaldos periódicos.

Generar el Libro Electrónico de Remuneraciones en el portal de la DT es un proceso guiado y seguro que exige autenticación con Clave Única, cumplimiento de requisitos técnicos y legales, revisión de la propuesta del SII, declaración mensual y, de ser necesario, rectificaciones dentro de plazos. El sistema ofrece notificaciones automáticas, certificados de incorporación y comprobantes de cumplimiento, facilitando la trazabilidad y cumplimiento de la obligación legal. Adoptar buenas prácticas de archivo, capacitación y seguridad asegura un flujo eficiente y sin errores, evitando sanciones y discrepancias tributarias.

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